
Bahamas Club
Lee atentamente para evitar sanciones
𝐍𝐎𝐑𝐌𝐀𝐓𝐈𝐕𝐀𝐒 𝐁𝐀𝐇𝐀𝐌𝐀𝐒 𝐂𝐋𝐔𝐁
Aclaraciones
-Art.1 :Vestimenta
Queda completamente prohibido trabajar sin la vestimenta reglamentaria. Una vez finalizada de la jornada laboral, el personal deberá quitarse la ropa de trabajo.
-Art. 2: Armamento
El personal tiene permitido portar una pistola de combate o Taser. Pueden hacer uso de ella en caso de que una persona saque un arma dentro y se lo autorice el rango mayor que este en ese momento.
-Art. 3: Rangos
Cualquier decisión que el personal valla à tomar, debe de ser confirmada por un rango MAYOR. La jerarquía en una fiesta sumamente importante, y el incumplimiento de esta, conlleva a un strike.
-Art. 4: Armas en fiesta
Ninguna persona debe llevar armas a la fiesta, y si poseen de tales, serán retiradas sin aviso por el personal. Las únicas armas que se podrán ingresar a la fiesta serán: Pistola SnS y cuchillo. Tendrán que rolear que las mismas están escondidas.
VENTAS:
-Art.1: Clientes
Los encargados del bar solo tienen permitido vender bebidas y comida à los clientes, fuera de servicio queda totalmente prohibido vender bebidas. Las bebidas deben de ser cobradas con “Facturas”.
-Aclaración : Cuando se le venda bebidas à una persona ella misma tiene que decir que va à comprar, y luego antes de darle la bebida, el barman tendra que hacerle la factura, y tendrá que pagarla para darle la bebida. También queda totalmente prohibido dar bebidas gratis, o venderlas sin factura.
PERSONAL:
-Art.1: Casa
La casa o Bahamas club reserva el derecho de admisión dependiendo del evento a realizar.
-Art. 2: Superior a cargo
Los encargados del personal serán los superiores a cargo, en caso de no estar el dueño o un jefe.
-Art.3: Consumir
Los empleados NO pueden consumir alcohol estando en servicio.
-Art.4: Actividades ilícitas
Se podrá robar y farmear drogas siempre y cuando el empleado se encuentre fuera de servicio y sin la ropa de trabajo.
-Art.5: Trabajos primarios
El personal podrá disponer de un trabajo primario. Si el personal tiene un trabajo Primario (Policía, Same, Taxista, Mecánico) solo podrá ponerse de servicio como Bahamas cuando abra el establecimiento.
-Art.6: Vigilar
Los guardias solo tienen permitido vigilar la zona y controlar que nadie pase a zonas no permitidas o que se peleen entre sí dentro del bar. En caso de una pelea dentro del bar, no se les dara ningun aviso y serán retirados del establecimiento con fuerza bruta.
-Art 7: Abrir el club
Antes de realizar un evento/fiesta, se le deberá preguntar al encargado de empresa (jefe) o dueño, si les da el permitido para lleva a cabo dicha fiesta.
-Art 8: Fuerza bruta
Antes de actuar con la Fuerza Bruta, se le deberá avisar al rango superior que este en ese momento. En ningún momento tienen permitido apuntar a alguien dentro del Bahamas/Tequila/Yate, sin permiso del rango superior.
-Art.9: PKT
En caso de que algún Empleado esté en riesgo o sea amenazado por otro ciudadano dentro o fuera del establecimiento (Bahamas/Tequila/Yate), se le deberá avisar à un rango superior y este tomara la decisión.
-Art.10: Mascara
Todo el personal deberá utilizar una máscara para no dar su identidad (menos el BARMAN)
